- Es un mal endémico de carácter ético y moral que afecta a instituciones, personas y organizaciones y que socaba la confianza de los usuarios. Puede enraizarse en los procesos y organizaciones, al punto de que ya se toma como parte de ellas. La Real Academia Española de la Lengua la define así: “La corrupción en las organizaciones, especialmente las públicas, es una práctica consistente en la utilización de las funciones y medios de aquellas en provecho económico o de otra índole, de sus gestores”.
- Es un flagelo que menoscaba el Estado de Derecho y afecta directamente en la satisfacción de los derechos humanos de los ciudadanos.
- Es una amenaza para el desarrollo integral y equitativo de los habitantes del país.
- Con la corrupción, la prestación de servicios públicos se ve afectada directamente y surgen implicaciones nocivas vinculadas con la pérdida de confianza en las instituciones, la desaceleración del crecimiento económico y de las inversiones, entre otros efectos negativos. Es un fenómeno cuyo impacto resta oportunidades para impulsar el desarrollo social y disminuye la capacidad del Estado de atender sus obligaciones.
¿Qué es la corrupción?
¿Cómo le afecta la corrupción a la ciudadanía?
La corrupción genera una cadena de problemas que afecta a todo el tejido social. Entre más corrupción exista, crecen la impunidad e inseguridad y, como consecuencia, hay menos servicios públicos, pérdida de confianza en las instituciones públicas, desaceleración en el crecimiento económico y de las inversiones para el bienestar en el país.
¿Qué se logra con la lucha contra la corrupción?
- Recobrar la credibilidad en las instituciones públicas para alcanzar una Guatemala con funcionarios y servidores probos, y un Estado de Derecho asegurado para sus ciudadanos.
- Oportunidades para impulsar el desarrollo económico.
- Mejorar la capacidad del Estado en atención a servicios básicos, como salud, seguridad, justicia, educación, etc.
¿Qué es una alerta de corrupción, para qué sirve y cómo la presento?
Es un mecanismo por el cual la Comisión Presidencial Contra la Corrupción se entera de posibles casos de actos de corrupción en las dependencias del Organismo Ejecutivo. Son guías, puntos de partida desde los cuales se inician las investigaciones que luchan contra el flagelo. En la pestaña Alertas de corrupción de esta web se encuentra el formulario. También puede obtenerlo AQUÍ.
Conozco casos de corrupción en instituciones ¿Qué hago?
Se debe generar una Alerta de Corrupción. El formulario se encuentra en este portal, en la pestaña Alertas de Corrupción. También lo obtiene haciendo clic AQUÍ.
¿Cómo puedo apoyar la lucha contra la corrupción? ¿Cuál puede ser mi aporte?
Con pequeñas acciones que generen un cambio en la conciencia social. La lucha contra la corrupción no es una meta, sino un camino que requiere el aporte de todas y todos para construirlo. A través de la presentación de una alerta, preséntela AQUÍ.
¿Qué debo hacer para lograr una #GuatemalaSinCorrupción?
Procurar una vida con transparencia, probidad, honradez e integridad. La corrupción no solo es robar dinero del Estado; también lo son los pequeños actos cotidianos que sumados generan acciones que se convierten en grandes actos de defraudación. Es momento de cambiar la “cultura del vivo” por la “cultura del correcto”.
¿Se puede ser corrupto sin saberlo?
Como sociedad se aprenden aspectos culturales que muchas veces riñen con la ética, al punto que se “normalizan”. Es decir, se cometen faltas en procesos, se saltan procedimientos, se incurre en omisiones y se busca lo fácil con acciones cuestionables. Se debe tomar conciencia de estos pequeños actos cotidianos para entender que así se arma un aparato de corrupción que luego socaba al Estado. Aceptarlo y no denunciar es ser parte del problema.
¿Qué pasa cuando soy testigo de casos de corrupción?
Se debe poner una Alerta de Corrupción AQUÍ
¿Qué es la Comisión Presidencial Contra la Corrupción (CPCC)?
La CPCC es una institución adscrita a la Presidencia de la República de Guatemala. Su objetivo es desarrollar mecanismos de prevención y lucha contra la corrupción en el Organismo Ejecutivo, así como acciones que fomenten la transparencia, rendición de cuentas y uso correcto de los recursos públicos.
¿En qué fecha se creó la Comisión Presidencial Contra la Corrupción?
El 20 de enero de 2020. La CPCC fue creada por Acuerdo Gubernativo No. 28-2020, reformado por el Acuerdo Gubernativo No.34-2020.
¿Cuál es el objeto de la CPCC?
La CPCC apoya las acciones de los ministerios, secretarías e instituciones del Organismo Ejecutivo para coordinar la Política Pública de Prevención y Lucha Contra la Corrupción. Establece mecanismos para evitar que se repitan los casos de corrupción detectados, así como la recuperación de la confianza y credibilidad en las instituciones del Estado, mediante el planteamiento de acciones legales que permitan la recuperación de fondos públicos defraudados.
¿Cuáles son las atribuciones de la CPCC?
Las atribuciones definidas para la CPCC están reguladas en el Artículo 8 del Acuerdo Gubernativo 28-2020:
- Promover la adopción de la Política Pública Contra la Corrupción e impulsar y monitorear su implementación.
- Coordinar el establecimiento de las estrategias, acciones o propuestas pertinentes, a efecto que las dependencias del Organismo Ejecutivo incluyan en su planificación anual actividades para la prevención y lucha contra la corrupción.
- Promover y fortalecer las medidas para prevenir y combatir la corrupción, así como también promover la integridad, la obligación de rendir cuentas y la debida gestión de los asuntos y los bienes públicos.
- Establecer los mecanismos de detección de actos de corrupción en instituciones del Estado.
- Participar como representante del Organismo Ejecutivo en la Comisión Técnica del Convenio Interinstitucional contra la Corrupción.
- Dar seguimiento a través del Convenio Interinstitucional Contra la Corrupción a los casos de corrupción.
- Recomendar los cambios a procedimientos, leyes y reglamentos, para lograr corregir las causas que dan origen a la corrupción, de manera que se adopten las medidas preventivas para hacer frente a las debilidades sistemáticas e institucionales que propician estas malas prácticas internas y/o externas.
- Coordinar la recepción y traslado de información producida por la Comisión Presidencial de Gestión Pública, Abierta y Transparencia, así como de la Comisión Presidencial de Centro de Gobierno, para las funciones propias de la Comisión Contra la Corrupción.
- Coordinar la participación del Organismo Ejecutivo en espacios nacionales e internacionales sobre prevención y lucha contra la corrupción.
- Coordinar la implementación y seguimiento a los compromisos internacionales adquiridos por el Estado de Guatemala, en materia de lucha contra la corrupción.
- Coordinar con los entes competentes los proyectos, programas y acciones de asistencia técnica y financiera, que los organismos internacionales o agencias de cooperación internacional ejecutan en Guatemala en materia de lucha contra la corrupción, en el marco de la Política Pública Contra la Corrupción.
- Otras que surjan de instrumentos internacionales y se estimen necesarias de conformidad con las actividades propias de la Comisión.
Obtenga más información sobre la Comisión Presidencial Contra la Corrupción AQUÍ
¿Quiénes integran la CPCC?
La CPCC está integrada por el Presidente de la República; los ministros de Gobernación y de Finanzas Públicas; el Procurador General de la Nación; los secretarios General de la Presidencia, y de Planificación y Programación de la Presidencia, así como el Director Ejecutivo de la Comisión Presidencial Contra la Corrupción.
¿Quién es el Director Ejecutivo de la CPCC?
El director ejecutivo de la Comisión es el Lic. Oscar Miguel Dávila Mejicanos, nombrado por el Presidente Constitucional de la República, Dr. Alejandro Eduardo Giammattei Falla.
¿Cuáles son las atribuciones del Director Ejecutivo de la CPCC?
El Director Ejecutivo tiene las siguientes atribuciones y facultades:
- Asistir al Presidente de la República, en la Comisión.
- Ejecutar los acuerdos de la Comisión.
- Plenas facultades para el ejercicio de sus funciones y toma de decisiones.
- Ser el encargado de la Comisión Técnica del Convenio Interinstitucional Contra la Corrupción.
- Tener libre acceso a las dependencias del Organismo Ejecutivo, en el ejercicio de sus atribuciones, así como al personal, dentro del marco de sus atribuciones.
- Requerir información que estime pertinente dentro del marco de sus atribuciones.
- Presentar informes de gestión de forma trimestral.
- Elaborar y dar a conocer un informe anual.
- Asistir a las reuniones convocadas por el Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana Contra la Corrupción y la Conferencia de los Estados Parte de la Convención Contra la Corrupción de Naciones Unidas.
- Todas aquellas inherentes a su cargo y que sean asignadas por el Presidente de la República.
¿Cómo se conoce la labor de la CPCC?
De acuerdo con el artículo 5 del Acuerdo Gubernativo No. 28-2020, la CPCC debe presentar informes de gestión de forma trimestral y anual, como parte de la rendición de cuentas. Para conocer los informes ingrese AQUÍ.
¿Cómo está integrada la CPCC?
Está compuesta por direcciones sustantivas y de apoyo. Puede ver nuestro organigrama AQUÍ
¿Cuáles son los pasos de la CPCC en el proceso de Alertas de Corrupción?
- Recibir alertas de corrupción.
- Verificar que la información recibida sea de competencia de la CPCC.
- Recibir expedientes y verificar si no existe duplicidad con otras instituciones.
- Trasladar los expedientes a las direcciones correspondientes.
- Verificar, analizar e investigar administrativamente el expediente, y elaborar el informe correspondiente.
- Discutir el expediente en mesa de directores.
- Presentar denuncias en las instituciones correspondientes.
- Dar seguimiento a las denuncias presentadas.
¿Cuál es el horario de atención al público de la CPCC?
El horario de atención al público es de 08:00 a 16:00 horas.
¿Cuál es la dirección física de la CPCC?
6ª. avenida, 4-41 zona 1, Casa Presidencial, Ciudad de Guatemala, Guatemala C.A.
Teléfono (502) 2327-6000, Ext. 2245.
¿En qué consiste el Convenio de Cooperación Interinstitucional?
Tiene por objeto la instauración de procedimientos de coordinación y asistencia interinstitucional para el fortalecimiento de la lucha contra la corrupción, dentro del marco de las competencias y capacidades de las partes signatarias de conformidad con su marco legal vigente, así como impulsar acciones que fortalezcan la calidad del gasto público, cultura de probidad, transparencia, rendición de cuentas, prevención de la corrupción e impunidad y presentación de las denuncias correspondientes al Ministerio Público sobre posibles hechos ilícitos, irregularidades o alertas observadas en las instituciones.
Obtenga más información sobre Convenio de Cooperación Interinstitucional Anticorrupción en: Convenio de Cooperación Internacional Anticorrupción
¿Tiene preguntas?
Envíe sus dudas y comentario al correo libreacceso@cpcc.gob.gt y con gusto se le responderá.